INSTALACIONES DE MINERÍA o MINING DE CRIPTOACTIVOS EN ANDORRA
Hoy se aprueba el Reglamento relativo a los requisitos de las instalaciones de minería de criptoactivos en lo referente a su impacto sobre el sistema eléctrico.
Con éste se aprueba los requisitos de autorización y registro en el nuevo Registro administrativo de instalaciones de mining de criptoactivos que se integra en el Registro Energético Nacional (REN). El operador del sistema eléctrico emitirá un informe sobre cada solicitud que se basará en unos criterios que dependen de la potencia de uso y quedará prohibida toda conexión a la red de minería mientras no esté inscrita en el Registro y disponga de la autorización preceptiva. Quedan excluidas del Reglamento, las instalaciones particulares, las instalaciones de menos de 10 ordenadores y las instalaciones basadas en minería Proof of Stake.
- ¿Qué es y qué hace un minero?
La mineria o mining de criptoactius és la realització d’una activitat dins d’una cadena de blocs que té per objecte rebre una recompensa fraccionària en forma d’un criptovalor (token) de nova creació.
Es tracta d’un procés mitjançant el qual les transaccions d’una xarxa són validades i agrupades per després ser afegides a un llibre comptable conegut com a Blockchain. Mitjançant aquesta activitat es poden emetre nous criptoactius i mantenir-ne el seu funcionament. Quan s’afegeixen blocs nous a la cadena s’obté una recompensa.
El miner és el node DLT dedicat a la mineria, és a dir, tothom que posi els seus recursos computacionals a disposició d’alguna xarxa cripto per validar transaccions i/o en l’extracció de noves unitats.
- ¿Qué tipo de instalaciones de minería existen?
El Reglamento relativo a los requisitos de las instalaciones de minería de criptoactivos en lo referente a su impacto sobre el sistema eléctrico, diferencia entre:
- Instalaciones particulares: situadas en locales o viviendas, cuya actividad principal no es la minería de criptoactivos y que se conectan a la red eléctrica a través del contador de la actividad principal, de una potencia contratada inferior o igual a 25kW. potència contractada inferior o igual a 25kW.
- Instalaciones de minería de criptoactivos: el resto de las instalaciones que desarrollan una actividad de minería de criptoactivos.
- ¿Cuál es la regulación de las instalaciones de minería en Andorra?
La actividad de minería está regulada en Andorra desde la aprobación, el pasado 20 de julio de 2022, de la Ley 24/2022, de 30 de junio, de la representación digital de activos mediante el uso de la criptografía y de la tecnología de libro registro distribuido y Blockchain.
Esta actividad está sujeta a autorización previa del Gobierno, previo informe preceptivo del operador del sistema eléctrico. Las personas físicas o jurídicas que quieran realizar esta actividad deben inscribirse en el “Registro administrativo de instalaciones de minería de criptoactivos” que habilitará el supervisor, a fin de presentar la solicitud de autorización.
Hoy, 24 de agosto de 2022, se aprueba el Reglamento relativo a los requisitos de las instalaciones de minería de criptoactivos en lo referente a su impacto sobre el sistema eléctrico. Así, el Registro administrativo de instalaciones de minería de criptoactivos se integra en el Registro Energético Nacional (REN).
El operador del sistema eléctrico deberá emitir un informe sobre cada solicitud que deberá tramitarse en la Oficina de la Energía y del Cambio Climático. El informe se basará en unos criterios que dependen de la potencia de uso, es decir, según las potencias sean:
- Superiores a 25 kW e inferiores o iguales 250 kW.
- Superiores a 250 kW e inferiores o iguales a 1.000 kW.
- Superiores a 1.000 kW.
Se prohíbe la conexión a la red eléctrica de una instalación de minería de criptoactivos mientras no esté inscrita en el Registro administrativo de instalaciones y no disponga de la preceptiva autorización.
Las instalaciones particulares, las instalaciones de menos de 10 ordenadores y las instalaciones basadas en minería Proof of stake quedan excluidas. No deja de sorprendernos que aquellas instalaciones de menos de 10 ordenadores con potencia contratadas superiores a 25Kw queden excluidas del ámbito de aplicación tanto de la Ley como del Reglamento, así como no se hayan establecido los plazos para la obtención de la autorización de la instalación de minería de criptoactivos.
- ¿Cuáles son las sanciones?
El incumplimiento de cualquier requisito técnico, administrativo o de seguridad exigible puede comportar la suspensión o revocación de la autorización de la actividad. Las sanciones aplicadas son las recogidas en la Ley 24/2022, de 30 de junio, de la representación digital de activos mediante el uso de la criptografía y de la tecnología de libro registro distribuido y Blockchain: infracciones leves, graves o muy graves , siendo multas de 9.999 hasta 1.000.000.-€.
Nuestro equipo puede ayudarte en cualquier duda que te plantees en la aplicación de la Ley y del Reglamento en tu proyecto de minería, así como para la ampliación o modificación de tu actividad. Si tienes cualquier duda o necesitas aclaración al respecto, no dudes en contactarnos.
Cordialmente,
Un equipo profesional a tu disposición.